DEMOCRACIA, TRABAJO Y LIBERTAD SINDICAL ANTE LA CORTE INTERAMERICANA

En 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos decidió dar curso a una opinión consultiva solicitada por el Estado de Guatemala en un contexto regional y global marcado por el avance de fuerzas políticas que relativizan —cuando no desconocen abiertamente— las garantías democráticas, el Estado de derecho y los derechos humanos fundamentales. No se trata de una inquietud abstracta ni académica: la solicitud surge frente a procesos concretos de erosión institucional, persecución de actores sociales y debilitamiento de los contrapesos democráticos, particularmente visibles en el continente americano.

La pregunta que Guatemala formula a la Corte apunta al corazón del problema: qué se entiende hoy por democracia desde el derecho internacional de los derechos humanos, cuáles son sus contenidos esenciales y cuáles son las obligaciones estatales que se derivan de ella. La Corte aceptó la solicitud y, en un gesto de enorme relevancia institucional, abrió el procedimiento a la participación de la sociedad civil global, habilitando la presentación de observaciones escritas.

El resultado fue contundente: más de 150 presentaciones provenientes de universidades, organizaciones sociales, centros de estudio y actores institucionales de todo el mundo. Sin embargo, entre ese conjunto amplio y diverso, solo una presentación provino del sector sindical. Ese escrito fue elaborado y presentado por el Frente Sindical de Acción Climática de la Argentina, impulsado por Gerardo Juara (AGOEC) y Enrique Lorenzo (Federación de Cerveceros).

https://www.corteidh.or.cr/observaciones_oc_new.cfm?nId_oc=2937

Este dato no es menor. En un debate global sobre democracia, la voz organizada del trabajo estuvo prácticamente ausente, salvo por esta intervención sindical que sostuvo una tesis clara y jurídicamente fundada:

👉 el trabajo y la organización sindical no solo presuponen la democracia, sino que la fortalecen, y
👉 sin democracia no puede existir trabajo decente, ni libertad sindical, ni negociación colectiva efectiva.

 Desde esta perspectiva, la democracia no se reduce a un procedimiento electoral periódico. Es un sistema vivo de garantías, que incluye el derecho de las personas trabajadoras a organizarse, a participar en la vida pública, a incidir en las decisiones que afectan sus condiciones de vida y de trabajo, y a ejercer control social sobre el poder económico y político. Cuando estos derechos son limitados, criminalizados o vaciados de contenido, la democracia se convierte en una forma vacía.

La Corte Interamericana ha fijado una audiencia pública entre el 21 y el 24 de marzo, en su sede de Brasilia, para escuchar la ampliación oral de las observaciones presentadas. En ese espacio, el Frente Sindical de Acción Climática llevará la voz de las y los trabajadores, reafirmando que la democracia se defiende también en los lugares de trabajo, en los sindicatos, en la negociación colectiva y en la participación social organizada.

Desde AGOEC, asumimos con orgullo esta responsabilidad. No se trata solo de una intervención jurídica ante un tribunal internacional: es una toma de posición política y ética. En tiempos de retrocesos democráticos, afirmar que sin democracia no hay trabajo decente y que sin trabajo organizado no hay democracia real es una forma concreta de defensa de los derechos humanos.

Porque la democracia no se agota en las instituciones:
se construye todos los días, también desde el trabajo.